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Servicio de Impuestos Internos de Pichilemu realizará charla sobre Factura Electrónica

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La oficina del S.I.I. de Pichilemu, esta convocando a los contribuyentes de Pichilemu a una charla sobre la Ley 20.727 que establece el uso obligatorio de la factura electrónica, actividad que se realizará el dí­a 6 de febrero a las 18:00 horas en la sede del Club Deportivo Independiente ubicada en calle Urriola 1039 de esta comuna.

La Jefa de la Unidad, Claudia Guzmán González explicó a “El Expreso de la Costa”, los objetivos de esta actividad que consiste en “orientar e informar a los contribuyentes de Pichilemu y de la provincia sobre esta ley, como también a los contribuyentes que se encuentran acá por la temporada de verano”.

Asimismo, explicó que existen 50 cupos para asistir a esta charla, para lo cual los interesados deben  inscribirse previamente en la Oficina del servicio en Pichilemu, durante la jornada de la mañana.

-La idea es dar a conocer la parte básica y los requisitos que se necesitan para inscribirse.

¿En que etapa de la Ley estamos?

-Estamos en la tercera etapa que comienza ahora en febrero que se inicia con las empresas del sector urbano, las que están obligadas a partir del 1ro. de febrero.

-Nos han preguntado pequeños comerciantes que nunca han emitido factura, ¿En que situación quedan ellos?

-Siguen como están, si ellos no emiten facturas, no tienen obligación de entrar al sistema. Solo si tienen la necesidad de facturar ahora pueden hacerlo con la factura tradicional de papel y a partir del 2018 en formato electrónico.

Aspectos Generales de la nueva Ley de Factura Electrónica (Ley 20.727 de 2014)

La Ley N°20.727 de 2014 establece el uso obligatorio de la factura electrónica, junto a otros documentos tributarios electrónicos como liquidación factura, notas de débito y crédito y factura de compra. Los plazos que tendrán las empresas para adoptar este cambio dependerán de sus ingresos anuales por ventas y servicios y de su ubicación, si esta corresponde a una zona urbana o rural.

Las grandes empresas deberán ser las primeras en incorporarse al sistema, y corresponden a aquellas con ingresos anuales por ventas y servicios en el último año calendario superiores a las 100.000 UF (aproximadamente 2.340 millones de pesos ).

La siguiente tabla, muestra un resumen con los plazos de incorporación establecidos en la Ley, según el tamaño de cada empresa:

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